En el complejo tejido legal de España, la cultura de la gestión del cobro a menudo carece de la atención que merece. Nosotros, como expertos en Derecho de Civil, comprendemos la reticencia que a veces se siente a la reclamación de deudas. Pero es fundamental entender que la reclamación de cantidad es un derecho legítimo y una parte esencial de las relaciones entre personas y empresas.
Reclamación de Cantidad: Actuar Rápido es Clave
La reclamación de cantidad no debe postergarse. Cada día de retraso complica la situación. Transmitir prisa al deudor es crucial; de lo contrario, se puede percibir una falta de urgencia. Además, el tiempo puede empeorar la insolvencia del deudor, ya sea de forma fortuita o intencionada. En Ana Beorlegui Abogada en Pamplona, nos especializamos en gestionar estas situaciones para proteger sus derechos.
Especialización en Reclamaciones de Cantidad
En nuestra firma, destacamos en diversas áreas de reclamación, entre ellas:
- Arrendamientos: Desahucio por falta de pago e incumplimiento contractual.
- Responsabilidad Civil: Tanto contractual como extracontractual.
- Procedimientos Judiciales: Desde procesos monitorios hasta juicios verbales y cambiarios.
- Procesos de Ejecución: Incluyendo hipotecas, letras de cambio, cheques y pagarés.
- Responsabilidades Solidarias y Subsidiarias: Buscamos la responsabilidad de terceras personas por deudas.

Iniciar el Proceso con Juicio Monitorio
En Ana Beorlegui Abogada en Pamplona, recomendamos iniciar la reclamación de deudas a través del procedimiento monitorio. Este proceso judicial es ágil y efectivo para empresarios, profesionales y comunidades de propietarios que buscan recuperar deudas pendientes.
Inicio del Procedimiento: Juicio Monitorio
Requisitos Fundamentales: Reclamación de Deudas líquida vencida y exigible.
Para iniciar un procedimiento monitorio, se deben cumplir ciertos requisitos:
- Deuda dineraria, expresada en dinero.
- Deuda vencida y exigible.
- Deuda líquida, concreta en una suma de dinero.
- Soporte documental, como facturas, albaranes o correos electrónicos.
Es esencial destacar que el juicio monitorio es un proceso judicial simplificado que puede proporcionar un título ejecutivo en pocos meses si no hay oposición por parte del deudor.
Fases del Proceso Monitorio
1. Petición:
- Identificación del deudor y domicilios de ambas partes.
- Origen y cuantía de la deuda.
- Documentación que respalde la deuda.
2. Requerimiento de Pago:
- El secretario judicial solicitará al deudor que pague la deuda o se oponga a la misma en veinte días hábiles.
- Posibles escenarios: pago de la deuda, falta de pago sin oposición en cuyo caso tendríamos un título que podremos ejecutar (iniciación de ejecución) u oposición.
3. Oposición del Deudor:
- Si el deudor se opone, se resolverá el procedimiento por los trámites del juicio correspondiente (verbal u ordinario)
- Si no se opone, se puede proceder con la ejecución de la deuda.
Qué Ocurre si el Demandado se Opone
Si el deudor se opone, se resolverá en un juicio verbal si la cuantía no supera los 6.000 euros. Si excede esa cantidad, se presentará una nueva demanda en un plazo de un mes desde la oposición llevándose a cabo por los trámites del Juicio Ordinario y concediéndose a la parte demandada para que conteste en el plazo de 20 días hábiles.
En Ana Beorlegui Abogada en Pamplona, guiamos a nuestros clientes en cada etapa, asegurándonos de que sus derechos estén protegidos y buscando soluciones legales efectivas.
Conclusión
La reclamación de deudas es una parte esencial de la gestión financiera, y nosotros, en Ana Beorlegui Abogada en Pamplona, estamos aquí para hacer que este proceso sea lo más eficiente y efectivo posible. Contacte con nosotros para obtener asesoramiento legal personalizado y soluciones adecuadas a sus necesidades.
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